Reglamentaciones sobre el Humo de Tabaco Ambiental

La exposición pasiva al humo de tabaco en ambientes cerrados es el talón de Aquiles de la industria tabacalera. Las evidencias científicas son irrefutables, el humo de tabaco ambiental es causal, en menor medida que el fumar, de enfermedades cardiacas, cáncer, enfermedad vascular y enfermedad pulmonar crónica. El reconocimiento de los efectos sobre la salud ocasionada por esta exposición involuntaria exige acciones concretas, en particular, en lugares donde pueden se exponen niños y mujeres embarazadas así como en el ambiente de los trabajadores donde puede considerarse una enfermedad laboral.
El 1 de Enero del 2004, Irlanda efectivizó la prohibición de fumar en todo lugar de trabajo incluyendo sus famosos pubs. Un año antes el Ministro de Salud y Niños Michael Martin, declaraba que ante las evidencias irrefutables del efecto del humo de tabaco ambiental “no tenía otra opción” que restringir el consumo en todos los lugares de trabajo y fue un éxito completo, con pocas y sonadas excepciones se logró generar espacios sin humo de tabaco en toda Irlanda.
La provincia de Tucumán el 31 de Mayo del 2005 bajo la ley 7575, modificatoria de Ley 6.817, prohíbe fumar en todo espacio cerrado con aplicación un año después y con penas que incluyen apercibimiento, multas y clausura temporaria.
En la misma fecha la provincia de Córdoba reglamenta la Ley 9.113 en términos muy similares y siguiendo la experiencia de Irlanda, el 26 de Julio del 2005 la provincia de Santa Fe promulga la ley 12.432 en la cual define la prohibición de fumar en todo lugar de trabajo público o privado de la provincia.
Estas iniciativas a pesar de algunas resistencias iniciales han logrado limitar fuertemente el consumo de tabaco en espacios cerrados y con gran aceptación
de la población, evidenciando el impacto de este tipo de legislación en la sociedad.
Reglamentaciones equivalentes han sido definidas en algunos municipios de diferentes provincias como es el caso de Olavaria en la provincia de Buenos Airesy más recientemente en la ciudad de Plottier en Neuquén.
La Ciudad Autónoma de Buenos Aires promulgó en el 2005 una reglamentación que entra en vigencia el 1 de Octubre del 2006 y que si bien restringe el consumo de tabaco a diferencia de las anteriores plantea excepciones.
Es de esperar que, a pesar de no haber ratificado el CMCT, seamos testigos de nuevas leyes, ordenanzas y reglamentaciones en el mismo sentido debido a que la opinión pública y la sociedad toda reconocen estas restricciones como una necesidad tal como han sido evidenciados en numerosas encuestas de opinión.